Una licencia de la OFAC con fecha del 28 de septiembre de 2026 otorga a Iraqi Airways una exención limitada para vuelos que involucran a Irán, según el documento adjunto.

La autorización está sujeta a condiciones estrictas:

  • Los pasajeros deben ser peregrinos religiosos iraníes.
  • Los vuelos deben partir y regresar al Aeropuerto Internacional de Nayaf.
  • No se puede transportar dinero en efectivo a granel.
  • Se prohíbe la presencia de personas bloqueadas y de cualquier persona afiliada a milicias alineadas con Irán.
  • Se prohíbe la carga destinada a los organismos de inteligencia, militares o de aplicación de la ley de Irán.
  • La carga permitida se limita al equipaje personal y a artículos de seguridad de vuelo.

La OFAC puede revocar la licencia si Irak no cumple su compromiso de impedir que los vuelos iraníes entren o transiten por el espacio aéreo iraquí, excepto los vuelos autorizados en virtud de la exención.

Iraqi Airways debe informar a la OFAC los nombres de los pasajeros, los números de pasaporte y los gastos en Irán dentro de los 10 días hábiles posteriores a la expiración de la licencia.

La licencia expira el 28 de octubre de 2026, o cuando se completen las transacciones autorizadas, lo que ocurra primero.